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PLAN NACIONAL DE DESARROLLO URBANO
“PERÚ: Territorio para Todos”
Lineamientos de Política 2006 – 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº
173-2006-VIVIENDA
Lima, 28 de junio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002- VIVIENDA, es función
de este Sector establecer las condiciones para el desarrollo urbano
equilibrado y sostenible; asimismo, se establece que corresponde a
la Dirección Nacional de Urbanismo formular y evaluar el Plan
Nacional de Urbanismo;
Qué, la Dirección Nacional de Urbanismo ha elaborado el proyecto de
Plan Nacional de Desarrollo Urbano ¨PERÚ: Territorio para Todos” -
Lineamientos de Política 2006 – 2015, el cual ha sido puesto en
consideración del Viceministro de Vivienda y Urbanismo y tiene como
finalidad primordial conducir el proceso de urbanización nacional en
términos del Desarrollo Urbano Sostenible, dentro del marco de la
descentralización y en el contexto de la Globalización;
Que, el referido Plan Nacional del Subsector Vivienda y Urbanismo,
constituye un marco de orientación para integrar y armonizar las
acciones de los diversos agentes que de una u otra forma intervienen
en el desarrollo de dicho Subsector y por lo tanto, es necesario
poner a disposición de dichos agentes y del público en general el
proyecto de dicho Plan;
Que, en atención al principio de transparencia que rige la actuación
de la Administración Pública es conveniente y necesario prepublicar
el proyecto de Plan Nacional de Desarrollo Urbano ¨PERÚ: Territorio
para Todos” - Lineamientos de Política 2006 – 2015;
De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su
Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la prepublicación en la página web del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
www.vivienda.gob.pe, el proyecto de “Plan Nacional de Urbanismo,
PERÚ: Territorio para Todos” – Lineamientos de Política 2006 – 2015,
durante el plazo de 15 días, para conocimiento y sugerencias por
parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la
sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas.
Artículo 2°.- El Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, queda
encargado de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso,
las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del
proyecto del Plan Nacional al que se refiere el artículo anterior,
para posteriormente elaborar el texto definitivo de dicho documento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUDECINDO VEGA CARREAZO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
La Sociedad de Urbanistas del Perú
te ofrece este espacio, para que puedas revisar el
Proyecto:
Plan Nacional
de Desarrollo Urbano
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Ver pronunciamiento de la Sociedad de Urbanistas
del Perú
respecto al Plan Nacional de Desarrollo Urbano
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