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14 Jul 2021 | 15:08 h
El Pleno del Congreso aprobó, por 92 votos y 9 abstenciones, el dictamen de los proyectos 1797, 3953, y otros, que propone la ley de desarrollo urbano sostenible.
La decisión se tomó luego de un cuarto intermedio solicitado por el presidente de la Comisión de Vivienda y Construcción, Juan Carlos Oyola (AP), con el fin de redactar un texto sustitutorio que recoja los diversos aportes presentados por los legisladores durante su debate en el Pleno.
En ese sentido, Oyola afirmó que se plantea modificar el artículo 37 en los siguientes términos:
“Modificación de la zonificación. La zonificación no puede modificarse salvo en el marco de la actualización de los planes de desarrollo urbano conforme a la periodicidad y los procedimientos que se establecen en el Reglamento de la ley. La periodicidad de actualización deberá ser como mínimo una vez al año, siempre considerando el análisis integral del ámbito de los planes de desarrollo urbano (…)
Además, indicó que se elimina la sexta disposición complementaria final y que se ha agregado una disposición complementaria final que señala lo siguiente:
“Para las comunidades nativas, campesinas y todos los pueblos originarios, en todos los casos en el proceso de titulación o demarcación pendientes, podrán ser implementados para vivienda social una vez que se culmine lo procesos en el marco de la normativa vigente”, puntualizó Oyola.
La propuesta legislativa fue exonerada del trámite de segunda votación por lo que quedó expedita para ser enviada al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
DICTAMEN
Antes, el parlamentario sustentó el dictamen que tiene como finalidad establecer principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la planificación urbana, el uso y la gestión del suelo urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano.
“Estoy seguro de que va a beneficiar a los pobres del país, que aún no cuentan con vivienda digna”, señaló Oyola Rodríguez.
Seguidamente, afirmó que el Perú carece de un instrumento con rango de ley que integre y ordene las disposiciones sobre desarrollo urbano y vivienda social. Indicó que este vacío normativo dificulta el accionar del Gobierno nacional y de los gobiernos locales, ya que limita sus capacidades en materia de planificación, promoción de vivienda de interese social, dotación de infraestructura y servicios y de gestión urbana.
“Este dictamen es el resultado de un arduo trabajo que simplifica el trabajo en conjunto del Poder Ejecutivo, Legislativo y la sociedad civil. Ha contado un amplio proceso de socialización y recepción de aportes por parte de los sectores y niveles de Gobierno, colegios profesionales, gremios empresariales, académicos y otros”, comentó.
Entre sus principales objetivos, aseveró Oyola, está el generar los mecanismos que logren la reducción del déficit habitacional existente, el cual afecta a cerca de 500 mil familias sin vivienda, y cerca de un millón con viviendas de baja calidad; además busca la refocalización de la actuación del Estado en torno a la vivienda de interés social. De modo tal se oriente a priorizar la generación de programas y proyectos de vivienda para la población en situación de pobreza y vulnerabilidad social.
Manifestó que una de las herramientas para este fin es la creación de incentivos urbanísticos que permitan la generación de vivienda de interés social. También, se crea la figura del operador público de suelo para atender la principal dificultad para la construcción de vivienda de interés social a través de la habilitación y gestión de terrenos de propiedad pública para destinarlo a dicho fin.